CONSEJO APRUEBA REGLAMENTO PARA LA ATENCIÓN DE DENUNCIAS AMBIENTALES

Mediante el acuerdo de Consejo N°95 quedó aprobado la Ordenanza Municipal que pone en vigencia el Reglamento para la Atención de denuncias Ambientales ante la Entidad de Fiscalización Ambiental (EFA) de la Municipalidad Provincial de Mariscal Cáceres, por lo que la Gerencia de Gestión Ambiental es la encargada de la recepción de las denuncias ambientales y el cumplimiento de la ordenanza en mención, esto en mérito al artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades que indica: Los acuerdos son decisiones que toma el consejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Dentro de las funciones encargadas, la ordenanza tiene por objetivo, asegurar el cumplimiento de la Legislación Ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas, así como como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del estado se realicen de forma imparcial, ágil, y eficiente, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 28611, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, en la Política Nacional del Ambiente y demás normas políticas, planes, estrategias, programas y acciones destinadas a coadyuvar a la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales al desarrollo de las actividades productivas y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales que contribuyan a una efectiva gestión y protección del ambiente.
Las autoridades competentes que forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental son: El Ministerio del Ambiente, El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental y las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional y Local. El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) podrá requerir el apoyo de la fuerza pública para el desempeño de sus funciones, el mismo que será prestado de inmediato bajo responsabilidad, la presente ordenanza entrará en vigencia dentro de los sesenta días de publicada conforme a la Ley, plazo durante el cual deberá realizarse la implementación correspondiente.